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VELEZ FUNES - DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO II

Bibliografía obligatoria

VELEZ FUNES - DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO II

Velez Funes, Ignacio Maria (dir.)

2000

1.1 — Marco jurídico y características en la Nación y en las Provincias.

Páginas 45–50 · bloque 3 de 3 · 46 páginas en total

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LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS 49

El amparo por mora no es otra cosa que una ordenjudicial de pronto despacho de las actuaciones administrativas. Por medio de él se posibilita a quien sea parte en el procedimiento administrativo a acudir a la víajudicial a fin de que se emplace a la Administración a que cumpla con su cometido: decidir las cuestiones sometidas a su resolución en un plazo que le fije eljuez. La decisión final de éste no puede ser otra que "despache la Administración las actuaciones en forma expresa", no pudiendo esta última ampararse en el silencio pretendiendo que decidió el asunto en esa forma. En relación alos requisitos, trámite y demás cuestiones procesales atinentes al amparo por mora, se desarrollarán en el Capítulorespectivo.

D. Queja por defectos de tramitación e incumplimiento de plazos

La queja es un reclamo administrativo que las partes interesadas en un procedimiento administrativo pueden interponer durante su curso o sustanciación con el objeto de lograr que se cumplan trámites omitidos o demorados o se realicen bienIos cumplidos defectuosamente. Como podemos ver, la inactividad de la Administración podrá también ser controlada a través de la queja, cuya tramitación será también materia de tratamiento en capítulos posteriores. Para concluir, podemos decir que la regulación legislativa y reglamentaria del silencio administrativo, constituye un positivo instrumento a favor de la defensa de los derechos subjetivos e intereses legítimos de los administrados, teniendo el mérito de aportar un sistema particular de soluciones a una problemática que, precisamente por su especificidad, requiere respuestas típicamente administrativas, con exclusión de interpretaciones analógicas. 53

53 COMADIRA, Julio R., op. cit., t. 1, pág. 223.

pag. 50XIV. LA SUSPENSIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO COMO CONSECUENCIA DE LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO ADMINISTRATIVO

Tanto para la Administración como para los administrados constituye un problema de gran trascendencia la cuestión relativa a determinar si los recursos que se promueven en sede administrativa acarrean en cada caso la suspensión del pertinente acto, o bien, si por el contrario, su promoción no suspende el cumplimiento del acto administrativo. En el plano teórico, este problema se vincula al reconocimiento de la ejecutoriedad como principio del acto administrativo, puesto que de aceptarse el mismo la regla sería la no suspensión de los efectos del acto a raíz de la interposición de un recurso. Desde otro punto de vista, si se aceptara la tesis que reconoce efectos suspensivos a los recursos deducidos en la órbita administrativa, es evidente que los administrados dispondrán de un instrumento sumamente eficaz para defensa de sus derechos pero también es cierto que se corre el riesgo de paralizar una actividad administrativa legítima, que por imperio de su propia naturaleza exige que se desarrolle sin intermitencias. 54 En nuestro país, parte de la doctrina apoyada en el principio de ejecutoriedad del acto administrativo, que consiste en la facultad atribuida por el ordenamiento jurídico a la Administración Pública para disponer la realización o cumplimiento del acto administrativo sin intervención judicial, acudiendo de ser necesario, a las medidas de ejecución a fin de llevarlo a cabo, no acepta que la interposición de un recurso en sede administrativa contra un acto

54 CASSAGNE, Juan Carlos, "La suspensión del acto administrativo como consecuencia de la interposición de un recurso en sede administrativa",ED,41-997.

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tenga por efecto suspender su ejecución o cumplimiento, salvo texto expreso que asílo autorice. 55 El arto 12 de la LNPA dispone que ''la fuerza ejecutoria" del acto administrativo impide que los recursos interpuestos por los administrados suspendan su ejecución y efectos, salvo que una norma expresa preceptúe lo contrario. En vista que esta ley se inspira en la doctrina que concibe a la ejecutoriedad como principio general caracterizante del acto administrativo, consagra como derivación lógica de él el efecto no suspensivo de la interposición de los recursos administrativos. En orden a lo expuesto, lajurisprudencia ha expresado que: a) al carecer los recursos de efectos suspensivos, es procedente por tanto la medida que se ej ecuta en base a los actos recurridos; b) al no estar previsto normativamente el carácter suspensivo de los recursos deducibles contra un acto de remoción, la Administración pudo, efectivamente, desplazar al agente del ejercicio de sus funciones en el acto de notificarlo; c) dado que los recursos no tienen efectos suspensivos, esta importante limitación debe ser compensada con el estricto cumplimiento de dos exigencias básicas: notificar correcta e inmediatamente los actos de gravamen, y resolver dentro de los plazos legales los recursos que contra ellos se deduzcan. Una cosa es que las impugnaciones no suspendan ointerrumpan el procedimiento y otra, muy distinta, es que los recursos no existan en dicho procedimiento; la intención del legislador no fue suprimirlos sino acotar los efectos de su interposición. 56 N o obstante, la LNPA autoriza a la Administración a suspender, de oficio o a petición de parte, la ejecución del acto por razones

55 MARIENHOFF, Miguel S., Tratado de derecho administrativo, t. 11, Bs. As., 1966, pág. 381; DIEZ, Manuel Maria, Derecho administrativo, t. 11, 2a ed., Plus Ultra, Bs. As., 1976, pág. 276; CASSAGNE, Juan Carlos, "La suspensión del acto administrativo como consecuencia de la interposición de un recurso en sede administrativa", op. cit. 56 CNCAF, SalaN, "SapagRoque, Alicia", 01/07/1986; Sala 111, "Tul a

Gómez, Mario", 11/05/1989; "Sociedad Industrial Como Ragor", 23/02/ 1993, citados por COMADIRA, Julio R., op. cit., t. 1, pág. 238.

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p. 48de interés público, para evitarle perjuicios graves al interesado o cuando se alegafundadamente una nulidad absoluta. En estos tres casos de posible suspensión la decisión administrativa parece facultativa -dice "podrá"-, regulación criticada, pues seha sostenido que silailegalidad es manifiesta, laAdministración no puede limitarse a la suspensión del acto, sino que debe revocarlo. Finalmente, cabe aclarar que sin la mediación de recursos administrativos o pedidos de suspensión, igualmente resulta posible ala Administración suspender los efectos por la vía oficiosa, cuando ello está requerido por el interés público comprometido en lajuridicidad, respetando el límite impuesto por el arto 17, segunda parte, de la LNPA. 57

57 Art. 17 de la LNPA: "El acto administrativo afectado de nulidad absoluta se considera irregular y debe ser revocado o sustituido por razones de ilegitimidad aun en sede administrativa. No obstante, si el acto estuviera firme y consentido y hubiere generado derechos subjetivos que se estén cumpliendo, sólo se podrá impedir su subsistencia y la de los efectos aún pendientes mediante dec1araciónjudicial de nulidad".

pag. 53ACTIVIDAD DE AUTOEVALUACIÓN

1) ¿Puede dar un concepto de lo que significa un recurso administrativo? 2) ¿Qué diferencias encuentra entre los recursos en el procedi:. miento administrativo y en el proceso judicial? 3) ¿Qué tipo de reclamaciones conoce? 4) Distinga entre el reclamo previo a la demanda judicial y el reclamo impropio. 5) Diferencie la mera denuncia administrativa con la denuncia por ilegitimidad. 6) ¿Qué requisitos debe contener un recurso administrativo y quiénes están legitimados para interponerlo? 7) ¿Cuáles son los actos recurribles en sede administrativa? 8) Comente cuales son los efectos que produce en sede administrativa la interposición de un recurso. 9) ¿Qué entiende por "pedido de vista de las actuaciones administrativas" y qué efectos produce? 10) Distinga los conceptos "notificación" y "publicidad" ya qué clase de actos se refiere cada uno de ellos? 11) ¿Qué formas de notificación conoce? 12) ¿La notificación o publicidad de los actos hace a la validez o a la eficacia del acto administrativo? 13) ¿A quién corresponde la carga de la prueba en el procedimiento administrativo? 14) Enumere los medios de prueba y exprese cuáles tienen más importancia fundamentando su conclusión. 15) Distinga lo que significa admisión, producción, control y valoración de la prueba en el procedimiento administrativo. 16) ¿Qué principios rigen en materia de plazos administrativos? 17) ¿Qué son los días hábiles administrativos? 18) ¿Cómo se computa el nacimiento y el vencimiento de un plazo administrativo? ¿Cuál es el plazo de gracia para presentar un escrito? 19) Distinga "suspensión, interrupción y remisión" de los plazos procesales.

p. 50GRACIELA MONTESI 54

20 ) ¿Cuáles son los requisitos para que proceda la caducidad de la instancia administrativa? 21) ¿Qué trámites están exceptuados de la aplicación de este instituto? 22 ) ¿Qué remedios legales tiene el particular para paliar la inactividad de la Administración? 23) ¿Qué entiende por silencio administrativo Yqué significado tiene para la ley de procedimientos administrativos? 24) La interposición de un recurso en sede administrativa, ¿produce por síla suspensión de los efectos del acto? 25) ¿En qué hipótesis la Administración puede de oficio o a pedido de parte suspender los efectos de un acto?

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