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Derecho de Familia

Responsabilidad parental

También llamado patria potestad · autoridad parental

Conjunto de derechos y deberes que los padres ejercen respecto de sus hijos menores de edad, orientados a su protección, educación y formación.

Desarrollo

Institución de derecho de familia que reemplaza la denominación tradicional de 'patria potestad'. Comprende todas las decisiones relativas a la crianza, educación, salud, patrimonio y personalidad del hijo menor de edad. Se ejerce conjuntamente por ambos padres en caso de convivencia, presumiéndose el consentimiento mutuo en los actos ordinarios. Reconoce la capacidad progresiva de los menores y obliga a los padres a respetar el derecho del niño a ser oído en todos los asuntos que lo afecten. Incluye también la responsabilidad civil objetiva de los padres por actos ilícitos cometidos por los menores.

Para profundizar

Jurisprudencia

Fallos sobre «responsabilidad parental» en SAIJ (se abre en otra pestaña), la base oficial de información jurídica del Ministerio de Justicia de la Nación.

Más voces de Derecho de Familia

Esta voz es anterior a la metodología actual del diccionario y está en revisión. Cómo se elabora el diccionario.

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