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Derecho Penal

Tentativa

Del latín 'tentativa' (ensayo, prueba), de 'tentare' (intentar, probar).

También llamado delito intentado · conato · ejecución incompleta

Ejecución incompleta de un delito cuando el autor comienza la realización del tipo pero no llega a consumarlo por circunstancias ajenas a su voluntad.

— Soler, Núñez, Bacigalupo

Desarrollo

La tentativa se configura cuando existe comienzo de ejecución de un acto delictuoso que no llega a consumarse por causas independientes de la voluntad del autor. Requiere la presencia del dolo, la iniciación de actos ejecutivos y la no consumación del delito. Según el art. 44 del Código Penal, se castiga con la pena del delito consumado disminuida en hasta las dos terceras partes. Se distingue de la conspiración (acuerdo) y de la proposición (invitación) que tienen penalidades diferentes.

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