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Diccionario jurídico
79 voces del derecho argentino, con su definición, su desarrollo y los temas del programa donde aparecen.
Las materias atenuadas todavía no tienen voces cargadas. Se van sumando.
14 voces
A
Agresión ilegítimaDel latín 'aggressio' (acometimiento) e 'illegitima' (ilegal, sin derecho).
Acometimiento o ataque contra personas o cosas que es contrario a derecho y crea peligro de daño al bien jurídico protegido.
Contradicción de la conducta típica con el ordenamiento jurídico en su conjunto.
C
CoautoríaComposición de 'co' (conjuntamente) y 'autoría' (condición de autor).
Forma de autoría plural en la cual varios sujetos ejecutan conjuntamente la realización del tipo penal con división de labores y convergencia volitiva.
Del latín 'complicitas' (complicidad, asociación), de 'complex' (unido, ligado).
Forma de participación en sentido restringido mediante la cual un tercero coopera en la comisión del delito prestando ayuda necesaria o innecesaria al autor.
De 'concurso' (convergencia, conflicto) y 'real' (efectivo, verdadero).
Pluralidad de delitos independientes cometidos por la misma persona en distintos momentos o con diferentes desvalores de acción y resultado.
Juicio de reproche personal al autor por haber realizado el injusto pudiendo actuar de otra manera.
D
DelitoAcción u omisión típica, antijurídica y culpable, prevista en la ley bajo amenaza de pena.
Conocimiento y voluntad de realizar los elementos del tipo objetivo.
I
Iter criminisCamino del delito: fases que recorre el hecho punible desde la ideación hasta el agotamiento.
L
Legítima defensaCausa de justificación que ampara la repulsa de una agresión ilegítima, actual e inminente.
P
Participación criminalDel latín 'participatio' (participación, comunicación) de 'participare' (tomar parte).
Intervención de varias personas en la comisión de un delito mediante aportes causales coordinados dirigidos a un objetivo común.
T
TentativaDel latín 'tentativa' (ensayo, prueba), de 'tentare' (intentar, probar).
Ejecución incompleta de un delito cuando el autor comienza la realización del tipo pero no llega a consumarlo por circunstancias ajenas a su voluntad.
Adecuación de una conducta al tipo penal descripto en la ley.
Del latín 'typus' (modelo, forma) y del vocablo 'penal' (relacionado con pena).
Descripción abstracta de la conducta prohibida realizada por el legislador en la ley penal que sirve de base para la aplicación de una pena.