Contratos
Requerimiento
Del latín 'requirere' (exigir, requerir)
También llamado intimación · notificación · comunicación
Acto mediante el cual la parte no incumplidora notifica al incumplidor su decisión de ejecutar una prestación bajo apercibimiento de resolver el contrato.
Desarrollo
El requerimiento es la comunicación formal que debe efectuar la parte acreedor al deudor incumplidor, notificándole que cumpla su obligación en un plazo no menor de quince días bajo apercibimiento de resolución del contrato. Es requisito esencial para la operatividad del pacto comisorio tácito, salvo que haya vencido un plazo esencial, que el incumplidor haya manifestado su decisión de no cumplir, o que el cumplimiento resulte imposible.
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