Diccionario jurídico
Derecho Civil
Los conceptos básicos del derecho privado argentino: la persona, los bienes y los hechos y actos jurídicos, según el Código Civil y Comercial de la Nación.
A
Acto jurídicoActo voluntario lícito que tiene por fin inmediato adquirir, modificar o extinguir relaciones jurídicas.
B
Bienes registrablesCosas cuya propiedad y gravámenes deben inscribirse en registros públicos para que los actos sobre ellas sean oponibles a terceros.
C
Capacidad jurídicaAptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos.
D
DomicilioLugar donde la persona tiene su residencia habitual, que fija su estatuto personal.
E
Enriquecimiento sin causaSituación en que una persona obtiene un beneficio patrimonial a costa de otra, sin justa causa legal, generando obligación de restitución.
F
Fraude a acreedoresActo del deudor insolvente mediante el cual disminuye su patrimonio en perjuicio de sus acreedores, siendo inoponible a estos últimos.
N
Nuda propiedadDel latín 'nudus' (desnudo, despojado)
Derecho de propiedad despojado del uso y disfrute, que se reserva el propietario cuando constituye usufructo sobre la cosa.
NulidadSanción legal que priva de efectos a un acto jurídico defectuoso.
O
ObligaciónRelación jurídica en virtud de la cual el deudor debe cumplir una prestación a favor del acreedor.
P
Persona humanaTodo ser humano es persona humana y titular de derechos desde la concepción.
Presunción legalConsecuencia que la ley establece necesariamente de un hecho conocido para producir otro desconocido, admitiendo o no prueba en contrario.
R
Responsabilidad civilDeber de reparar el daño causado a otro, ya sea por incumplimiento contractual o por acto ilícito.