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Diccionario jurídico
79 voces del derecho argentino, con su definición, su desarrollo y los temas del programa donde aparecen.
Las materias atenuadas todavía no tienen voces cargadas. Se van sumando.
17 voces
A
Acto jurídicoActo voluntario lícito que tiene por fin inmediato adquirir, modificar o extinguir relaciones jurídicas.
B
Bienes registrablesCosas cuya propiedad y gravámenes deben inscribirse en registros públicos para que los actos sobre ellas sean oponibles a terceros.
C
Capacidad jurídicaAptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos.
Prestación en dinero, renta o usufructo que uno de los integrantes de una unión convivencial puede recibir si sufre desequilibrio patrimonial por la ruptura.
Acuerdo celebrado entre futuros cónyuges respecto de cuestiones patrimoniales que permite elegir el régimen de bienes y establecer otras condiciones.
D
DomicilioLugar donde la persona tiene su residencia habitual, que fija su estatuto personal.
E
Enriquecimiento sin causaSituación en que una persona obtiene un beneficio patrimonial a costa de otra, sin justa causa legal, generando obligación de restitución.
F
Fraude a acreedoresActo del deudor insolvente mediante el cual disminuye su patrimonio en perjuicio de sus acreedores, siendo inoponible a estos últimos.
N
Nuda propiedadDel latín 'nudus' (desnudo, despojado)
Derecho de propiedad despojado del uso y disfrute, que se reserva el propietario cuando constituye usufructo sobre la cosa.
Sanción legal que priva de efectos a un acto jurídico defectuoso.
O
ObligaciónRelación jurídica en virtud de la cual el deudor debe cumplir una prestación a favor del acreedor.
P
Persona humanaTodo ser humano es persona humana y titular de derechos desde la concepción.
Consecuencia que la ley establece necesariamente de un hecho conocido para producir otro desconocido, admitiendo o no prueba en contrario.
R
Régimen de separación de bienesSistema matrimonial donde cada cónyuge conserva la propiedad y administración exclusiva de sus bienes, sin comunidad de ganancias.
Deber de reparar el daño causado a otro, ya sea por incumplimiento contractual o por acto ilícito.
Conjunto de derechos y deberes que los padres ejercen respecto de sus hijos menores de edad, orientados a su protección, educación y formación.
U
Unión convivencialConvivencia de dos personas en forma pública, permanente y singular para constituir una comunidad de vida, sin estar casadas ni unidas por parentesco.